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Qué se puede conducir con el permiso B

Automóviles de hasta 3.500 kg y nueve plazas contando al conductor, con remolque de hasta 750 kg. Y con antigüedad, motos de 125 y furgonetas de combustible alternativo de hasta 4.250 kg.

El permiso B se estudia mal porque se piensa como «el del coche», y en realidad es una lista de seis cosas con sus topes. El automóvil es la primera, y ahí mandan dos números que van siempre juntos: 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada y nueve plazas contando al conductor. El segundo tope es el mismo que define al turismo, así que una furgoneta de nueve plazas sigue siendo un turismo y la conduces con el B. A partir de diez plazas el vehículo es un autobús y hace falta el permiso D, por pequeño que parezca.

Con el remolque hay dos escalones que conviene no mezclar. Un remolque de hasta 750 kilogramos de masa máxima autorizada es ligero, y entonces el peso del conjunto ni se mira: puedes llegar a 4.250 kilogramos sumando coche y remolque sin nada más. Si el remolque pasa de 750, cambia la regla: lo que cuenta es la masa máxima del conjunto y el tope baja a 3.500 kilogramos. Para volver a subir a 4.250 con ese remolque grande hace falta la anotación del código 96, que no es un permiso nuevo sino un código dentro del tuyo, y por encima de ahí ya es el B+E.

Lo demás que autoriza el B suele pillar por sorpresa. Ciclomotores de dos, tres y cuatro ruedas. Triciclos y cuatriciclos de motor, incluidos los pesados, con una salvedad: hasta los veintiún años quedan fuera los triciclos de más de 15 kilovatios. Y vehículos para personas de movilidad reducida, sin requisitos añadidos. A eso se suman dos ampliaciones que no se piden, se cumplen solas con el tiempo: la de las motocicletas de 125 a los tres años, y la de los vehículos de mercancías de combustibles alternativos a los dos. Las dos valen solo en territorio nacional.

Merece la pena leer despacio la segunda ampliación, porque circula mal contada. No dice que con el B puedas llevar cualquier eléctrico de 4.250 kilogramos. Habla de automóviles destinados al transporte de mercancías, es decir, la furgoneta de reparto que pesa de más por culpa de las baterías, y exige que el exceso sobre 3.500 venga únicamente del sistema de propulsión y no aumente la capacidad de carga. Además va sin remolque. Un turismo de más de 3.500 kilogramos sigue fuera del permiso B, con baterías o sin ellas.

Lo que hay que quedarse

  • Automóviles de hasta 3.500 kg de MMA y nueve plazas contando al conductor.
  • Remolque de hasta 750 kg sin mirar el conjunto; por encima de 750, el conjunto no puede pasar de 3.500 kg.
  • También ciclomotores, triciclos y cuatriciclos de motor y vehículos de movilidad reducida.
  • A los tres años se añaden las motos de 125 cc, 11 kW y 0,1 kW/kg, solo en España.
  • Con diez o más plazas el vehículo es autobús y hace falta el permiso D.

En el examen: Los dos números del automóvil se preguntan juntos y por separado, y la trampa clásica es la furgoneta de nueve plazas, que sigue siendo turismo. En los remolques el error habitual es aplicar el tope del conjunto cuando el remolque es ligero: ahí el conjunto no se mira. Y los 4.250 kilogramos aparecen por dos caminos distintos que no significan lo mismo.

¿Puedo conducir una furgoneta eléctrica de más de 3.500 kg con el B?

Hasta 4.250 kg y sin remolque, con más de dos años de antigüedad del permiso y solo en territorio nacional. La excepción es únicamente para vehículos de mercancías de combustibles alternativos, y el exceso sobre 3.500 kg debe venir solo del sistema de propulsión, sin aumentar la capacidad de carga. No sirve para turismos.

Más detalle en Pesos, dimensiones y transporte →

¿Se pueden llevar personas en un remolque?

No, salvo en los remolques específicamente diseñados y homologados para transportar personas.

Más detalle en Pesos, dimensiones y transporte →

¿Cuántas personas pueden viajar en un ciclomotor?

Dos como máximo, contando al conductor, y siempre que el ciclomotor esté homologado para ello.

Más detalle en Definiciones generales →

Cómo cae en el examen

Estas son 4 preguntas reales del banco oficial de la DGT sobre esta misma duda. La respuesta correcta va marcada.

El permiso de la clase B con más de tres años de antigüedad, ¿permite conducir por territorio nacional una motocicleta con sidecar?

  • No, en ningún caso.
  • Sí, siempre que la motocicleta se pueda conducir con el permiso de la clase A1.
  • Sí, siempre que la cilindrada de la motocicleta no sea superior a 250 c.c.

Todos los vehículos del permiso a1. Que son: motocicletas con o sin sidecar con cilindrada máxima hasta 125 c. c., (11kw, 15 CV.).

El permiso de conducción de la clase B, ¿autoriza a conducir una furgoneta de 3.500 kilogramos de MMA?

  • Sí.
  • No, es necesario el permiso de la clase C.
  • Sí, pero solo cuando el permiso tenga una antigüedad superior a 2 años.

El permiso: b, se pueden llevar vehículos hasta 3.500 kg. De MMA., nueve ocupantes incluido el conductor y un remolque hasta: 750 kg. De MMA.

El permiso de la clase B, ¿autoriza a conducir motocicletas?

  • Sí, si tiene un permiso con una antigüedad inferior a 2 años.
  • Sí, las que autoriza a conducir el permiso A1 por el territorio nacional si el permiso tiene una antigüedad superior a 3 años.
  • No, para conducir motocicletas necesito un permiso de las clases A1 o A2.

Sí, las del permiso A1 (hasta 125 cc), pero solo en territorio nacional y con al menos 3 años de antigüedad del permiso B.

¿Que permiso de conducción es necesario para conducir automóviles destinados al transporte de personas con más de nueve asientos y menos de diecisiete(autobús por ej)?

  • C
  • D1
  • C1+E

El permiso D1 es el permiso que autoriza a conducir automóviles destinados al transporte de personas con un número de asientos superior a nueve, incluido el del conductor.

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